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Valuación 16 de julio de 2026 · 8 min de lectura

Normas de valuación en México e internacionales: IVS, NIF, SAT e INDAABIN

Lic. Mauricio Morales
Abogado valuador · Titular de TASARTE

En valuación, aplicar correctamente una fórmula no es suficiente. Una conclusión de valor también debe partir de criterios claros sobre el uso del avalúo, su propósito, la base de valor, la fecha de valuación, la información analizada y la metodología empleada.

IVS · NMX-R-081 · NIF · INDAABIN · SAT

Las normas de valuación ordenan estos elementos y permiten que un dictamen pueda ser comprendido, revisado y comprobado. Sin embargo, no existe una sola norma aplicable a todos los casos. Una valuación de negocios para una compraventa, una valuación de activos intangibles para información financiera y un avalúo relacionado con bienes nacionales pueden estar sujetos a marcos distintos.

Por eso, tan importante como conocer la técnica es identificar qué norma, criterio o disposición corresponde al contexto del trabajo.

¿Para qué sirven las normas de valuación?

Las normas no sustituyen el criterio profesional ni producen automáticamente una cifra correcta. Su función es establecer un lenguaje común y una estructura para desarrollar y comunicar el análisis.

Permiten precisar qué se está valuando, para qué se requiere el dictamen, qué tipo de valor se estima, qué supuestos se adoptaron, cuáles fueron las fuentes de información, qué enfoques se consideraron y qué limitaciones afectan la conclusión.

Esto es especialmente importante en la valuación de negocios, valuación de acciones, valuación de negocios en marcha y valuación de activos intangibles. En estos trabajos se utilizan proyecciones, tasas de descuento, comparables, regalías y vidas útiles que deben justificarse. La norma no elimina el juicio del valuador, pero exige que sea explicable y trazable.

Las Normas Internacionales de Valuación

Las International Valuation Standards, conocidas como IVS, son uno de los principales referentes técnicos internacionales. La edición vigente fue publicada en 2024 y entró en vigor el 31 de enero de 2025. Incluye normas generales y otras aplicables a negocios, activos intangibles, bienes inmuebles, maquinaria y equipo e instrumentos financieros. La edición actual también fortaleció los apartados de datos e insumos, documentación e instrumentos financieros.

Las IVS ayudan a estructurar el alcance del trabajo, las bases de valor, los enfoques y métodos, la calidad de los datos, los modelos utilizados y el reporte. Son particularmente útiles cuando una valuación será revisada por inversionistas, auditores, instituciones financieras o participantes de distintos países.

Sin embargo, afirmar que un avalúo «cumple con IVS» no debe ser una frase decorativa. El dictamen debe demostrar esa congruencia mediante su documentación y razonamiento. El IVSC también destaca que el juicio profesional y el escepticismo siguen siendo indispensables, incluso cuando se utilizan herramientas tecnológicas.

La Norma Mexicana de servicios de valuación

En México, la NMX-R-081-SCFI-2015 establece requisitos y reglas para los servicios de valuación. Su objetivo contempla que los informes se elaboren con competencia técnica, imparcialidad, confidencialidad y diligencia, atendiendo al uso y propósito solicitados. Es aplicable a servicios prestados en México respecto de bienes, derechos, servicios y obligaciones ubicados o con efectos en el país.

Esta norma conecta la metodología con principios básicos del ejercicio profesional. En una valuación de empresas o una valuación de activos fijos, esto implica definir el alcance, analizar la información disponible, seleccionar los enfoques pertinentes y explicar cómo se llegó a la conclusión.

Las NIF y la valuación para información financiera

Cuando el avalúo se utilizará para efectos contables o financieros, las Normas de Información Financiera mexicanas adquieren especial relevancia. La NIF B-17 atiende la determinación del valor razonable; la NIF B-7, las adquisiciones de negocios; la NIF C-6, las propiedades, planta y equipo; la NIF C-8, los activos intangibles; y la NIF C-15, el deterioro de activos de larga duración.

Esto no significa que todo avalúo deba concluir valor razonable. Significa que, cuando la valuación tiene un propósito financiero, debe responder al tratamiento contable aplicable.

Por ejemplo, una valuación de activos intangibles dentro de una adquisición de negocios puede requerir identificar marcas, relaciones con clientes, tecnología o contratos que antes no aparecían por separado en los estados financieros. Una valuación de maquinaria y equipo puede atender reconocimiento o deterioro, y no necesariamente el precio que se obtendría en una venta.

INDAABIN y los bienes nacionales

El INDAABIN cuenta con normas, criterios, procedimientos y metodologías para los servicios valuatorios regulados por la Ley General de Bienes Nacionales. Este marco es especializado y se aplica cuando el acto jurídico, el bien y la competencia institucional se encuentran dentro de su ámbito.

Esto no significa que toda valuación realizada en México deba emitirse bajo criterios del INDAABIN. Su aplicación depende del uso del dictamen y del régimen jurídico correspondiente. Citar una norma que no corresponde no agrega solidez; únicamente genera una apariencia de formalidad.

El contexto fiscal y los criterios del SAT

En materia fiscal ocurre algo similar. El SAT no constituye una norma general de valuación, pero las disposiciones fiscales pueden exigir valores de mercado, avalúos practicados por personas autorizadas o documentación específica, según la operación. La Ley del Impuesto sobre la Renta contempla, por ejemplo, supuestos en los que debe atenderse al valor de avalúo cuando una transmisión no tiene contraprestación.

Por ello, un avalúo preparado para efectos financieros no debe asumirse automáticamente válido para efectos fiscales. Aunque el activo sea el mismo, pueden cambiar la base de valor, la fecha, los requisitos del valuador, la documentación y la autoridad ante la que se utilizará.

No todas las normas aplican al mismo tiempo

La existencia de distintos marcos no significa que deban citarse todos en cada dictamen. La calidad no se mide por la cantidad de normas mencionadas, sino por la selección de las que corresponden.

Criterio TASARTE

Una valuación de negocios en marcha para una negociación privada puede apoyarse en IVS y criterios técnicos generalmente aceptados.

Una valuación para una adquisición de negocios puede requerir además las NIF aplicables.

Un servicio relacionado con bienes nacionales deberá atender el marco del INDAABIN.

Un avalúo fiscal deberá cumplir las disposiciones tributarias específicas.

El contexto define la norma, y la norma ayuda a estructurar el trabajo.

Conclusión

Las normas nacionales e internacionales permiten que una valuación tenga orden, consistencia y trazabilidad. Ayudan a distinguir entre una cifra aislada y una conclusión construida con un propósito, una metodología y un soporte verificable.

Pero no deben aplicarse de forma automática. Primero debe entenderse qué se valúa, para qué se utilizará el dictamen y quién lo revisará. Solo entonces puede determinarse qué marco técnico, financiero, fiscal o jurídico resulta aplicable.

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